Cajasai
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Se encarga de buscar estrategias para el cobro de los aportes parafis-cales. Esta conformado por los Directores Administrativos y Jefes de los Departamentos de Aportes del Sena, I.C.B.F. y Cajasai.
Cuando las empresas
se encuentren en mora en más de dos meses y no can- celan su deuda previo aviso de la Caja, se iniciará el procedimiento para suspen- sión y expulsión tal como lo establece el parágrafo 4 del art. 21 de la Ley 789
del 2002.



Señor Empleador evite Sancionespor el no cumplimiento de sus obligacio nes por parte de la Superintendencia del Sub-sidio Familiar establecidas en el artículo 24 numeral 18 de la Ley 789/2002 donde señala: “Sancionar con multas sucesi-vas hasta de mil (1.000) salarios míni-mos legales mensuales vigentes a favor del Fondo para el fomento al Empleo y Protección al Desempleo previsto en la presente ley, a los empleadores que incurran en cuales-quiera de las siguientes conductas”:
No inscribir en una caja de compen- sación familiar a todas las personas con las que tenga vinculación laboral, siem- pre que exista la obligación.
No pagar cumplidamente los apo-rtes de las cajas y no girar oportuna- mente los aportes  y cotizaciones a la caja de compensación familiar de acuerdo con las disposiciones legales.
No informar las novedades laborales de sus trabajadores frente a las cajas. Para que sus trabajadores no se vean afectados al momento de disfrutar de los servicios y beneficios que la caja les ofrece; el comité Interinstitucional  invita a todas y cada una de las empresas que se encuentran en mora por concepto de los aportes parafiscales obligatorios a que dirijan su solicitud para suscribir
un acuerdo de pago.


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Es una prestación social pagadera en dinero, especie o servicios a los trabajadores de menores y medianos ingresos, en proporción al número de las personas a cargo y cuyo objetivo fundamental es aliviar las cargas económicas que representan el sostenimiento de la familia.

Formatos de afiliación
Ahora puedes descargar los formularios de afiliación
Formulario de Empleadores
Formulario de Trabajadores
 

Cuota Monetaria
Es un subsidio que Cajasai le entrega mensualmente a los trabajadores afiliados que ganan hasta 4 salarios mínimos y que sumados sus ingresos con el cónyuge o compañero(a), no sobrepasen seis (6) salarios mínimos legales mensuales vigentes en proporción al número de personas a cargo.
 

Son beneficiarios del Subsidio Familiar los trabajadores que reúnan los siguientes requisitos:

Tener remuneración mensual fija o variable que no sobrepase el limite de cuatro
    (4) salarios (m.m.l.v).
Tener carácter de permanente.
Que laboren diariamente más de la mitad de la jornada máxima legal ordinaria
     o totalicen un mínimo de 96 horas de labor durante el respectivo mes.
Tener personas a cargo que den derecho a recibir la prestación.

Personas a cargo
Tendrá derecho al Subsidio Familiar las siguientes personas que se encuentren bajo el  cargo del trabajador

Los hijos, los adoptivos y los hijastros.
Los hermanos huérfanos de padres.
Los padres del trabajador mayores de 60 años que no reciban pensión alguna.

Cada uno de los beneficiarios en mención tienen requisitos diferentes para su afiliación.
Para efectos del Subsidio Familiar, se consideran personas a cargo cuando convivan y dependan económicamente del trabajador y se hallen dentro de las siguientes condiciones:Los hijos, los adoptivos, los hijastros y los hermanos huérfanos de padres se consideran personas a cargo hasta la edad de dieciocho (18) años (se entiende la edad de dieciocho hasta el día anterior al cumplimiento de los 19 años).  A partir de los 12 años deberán presentar certificado de estudio anualmente para continuar con la calidad de beneficiario.

Carné de afiliado a Cajasai
Para tener acceso a los servicios de Cajasai y de los Centros Recreacionales de otras Cajas de Compensación Familiar del País deberá presentar el carné que lo identifica como trabajador afiliado o beneficiario de Cajasai y así, obtener tarifas subsidiadas. Este carné tiene vigencia de un año y cuando el trabajador quede desvinculado laboralmente podrá continuar utilizando los servicios durante un año más.

CATEGORIAS PARA EL COSTO DE LOS SERVICIOS QUE OFRECE LA CAJA

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CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE SAN ANDRES Y PROVIDENCIA
Oficina Principal AV. Francisco Newball 4 - 138, San Andrés Isla • email: cajasai@telecom.com.co